Para los apasionados del tema, realicé una investigación de algunas de las actuaciones del Ministerio Público y los Tribunales Penales, relacionadas a accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales; una recopilación que nos puede dejar reflexiones con respecto a la aplicación de esta área dentro de la LOPCYMAT, espero sea de utilidad:
1.- MP investiga accidente laboral que causó muerte a obrero
tapiado en Chacao
Cuando ocurrió el hecho, los obreros se encontraban excavando para
construir el estacionamiento de una funeraria ubicada en la citada urbanización
El
Ministerio Público designó al fiscal 63° Nacional, Jimmy Goite, a fin de
dirigir la investigación que esclarezca las causas de un accidente ocurrido en
una construcción privada, que habría causado la muerte de un trabajador y
lesiones a otros tres, hecho ocurrido en la tarde del lunes 16 de abril, en la
urbanización El Rosal del municipio Chacao.
En ese
sentido, el fiscal coordina las actuaciones que realizan los funcionarios de
Siniestros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas, Bomberos del Distrito Capital y el Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laboral, a fin de determinar si existen
responsabilidades penales en el hecho.
Entre
las actuaciones realizadas, se encuentran la inspección técnica del sitio del
suceso, entrevistas al personal de seguridad industrial, ingenieros y obreros,
fijación fotográfica del lugar, entre otras pruebas.
Según
información preliminar, cuando ocurrió el hecho, los obreros se encontraban
excavando para construir el estacionamiento de una funeraria ubicada en la
citada urbanización.
17/04/2012
SSR
2.- Fiscalía laboral constatará
condiciones de la mina de El Callao
La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, informó que
la inaugurada Fiscalía 78° nacional con competencia en materia de Salud y
Seguridad Laboral, tendrá como primer caso verificar las condiciones de la mina
ubicada en El Callao, estado Bolívar.
En
dicho lugar perdieron la vida seis mineros y presuntamente están desaparecidos
otros ocho, hecho ocurrido el 23 de agosto en esa jurisdicción.
El
anuncio lo hizo durante el acto de inauguración del referido despacho
fiscal, ubicado en la sede del Ministerio Público de la avenida
Urdaneta esquina de Ánimas, donde estuvo
acompañada por la Vicefiscal General, Yajaira Suárez Viloria,
directores generales, entre otros funcionarios de la Institución.
En ese
sentido, el fiscal 78° nacional Gustavo Li Chang, se trasladará en las
próximas horas a ese estado, a los fines de
iniciar la inspección respectiva.
Es
importante acotar que la investigación por la muerte de los mineros Franco
Peña, Reinaldo Salas, Daniel Lazcano, Dany Torres Galeano, Jhony Sierra y
Eduardo Salas, quienes perdieron la vida mientras ejercían la minería, también
es dirigida por el fiscal 5° del segundo circuito del estado Bolívar, Douglas
Correa.
Asimismo,
Ortega Díaz dijo que la recién inaugurada fiscalía estará fortalecida por dos
fiscales auxiliares, Adrián Darío López Barrios y Jairo Flores Blanco, pues
permitirá al fiscal principal desarrollar su trabajo y que no haya retraso en
el mismo.
Expresó
que con la creación de la primera fiscalía nacional en materia de salud y
seguridad laboral, se cumple con lo establecido en la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (Lopcymat), la cual le
impone al Ministerio Público la obligación de crear fiscalías que conozcan
casos de violaciones graves o muy graves en materia laboral.
Ortega
Díaz dijo que la ley conocida como
"Lopcymat", establece una seguridad para los
trabajadores y una garantía de un ambiente sano de trabajo.
Puso
como ejemplo un caso en que el empleador viole esta norma y se produzca un
accidente de trabajo, "cuando el trabajador pierda la vida o sufra una
lesión grave, debe abrirse una investigación penal de acuerdo con lo
establecido en esta ley, debido a que eso constituye un hecho punible".
Señaló
que el Ministerio Público va a profundizar el resto del año y para el 2011 la
creación de despachos fiscales, pues el objetivo principal será que en cada
estado del país se cree una fiscalía que conozca de esta materia.
Asimismo,
dijo que el año pasado se había ampliado la competencia a cuatro fiscalías
nacionales de delitos comunes para que conocieran de la materia de salud y
seguridad laboral "pero hoy estamos inaugurando la primera que va a
conocer solamente de esta materia".
Indicó
que estos despachos fiscales conocían casos desde 2005, en virtud de que en ese
momento entró en vigencia la nueva Ley Orgánica de Protección, Condiciones y
Medio Ambiente del Trabajo.
Igualmente,
destacó que esta ley existía antes pero fue en el 2005 que se establecieron
tipos penales.
26/08/10
3.- MP logró condena
de 3 años para patrono por accidente de trabajador
Ante la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio
Público, fue condenado a 3 años y 8 meses de prisión el presidente de la
compañía Herrería Verser 74 C.A, Néstor Verdú (36), por ser el responsable del
accidente laboral del empleado Carlos Borrego (34).
El
hecho ocurrió el 26 de junio de 2010, en el complejo residencial Ciudad
Caribia, ubicado en el sector Camino El Indio, autopista Caracas-La Guaira,
mientras realizaba labores de construcción de tuberías.
En la audiencia preliminar, el fiscal 78 nacional (e) y su auxiliar, Jairo
Flores y Adrián López, respectivamente, ratificaron la acusación contra Verdú
por la comisión del delito de discapacidad total y permanente para el trabajo
habitual por accidente laboral, como consecuencia de violaciones graves a la
normativa laboral.
El referido delito se encuentra previsto y sancionado en la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y
tras la admisión de su responsabilidad en el hecho por parte de Verdú, el
Tribunal 31° de Control del Área Metropolitana de Caracas dictó la referida
condena contra el hombre.
Verdú deberá presentarse periódicamente ante dicho juzgado hasta que un
Tribunal de Ejecución determine de qué manera cumplirá la pena.
Cabe resaltar que Verdú no se encuentra privado de libertad, pues de acuerdo
con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, goza de la medida de
suspensión condicional de la ejecución de la pena, ya que la sentencia no
excede de cinco años.
El suceso ocurrió el día antes mencionado, cuando la víctima se encontraba en
un andamio colocando una tubería, momento en el que resbaló del mismo y cayó
desde una altura de 10 metros.
Adicionalmente, el trabajador no contaba con el equipo de seguridad
correspondiente y tampoco estaba capacitado para llevar a cabo ese tipo de
labores.
Vale destacar que Borrego sufrió una fractura en su mano izquierda y en la
columna que le impiden realizar ciertos movimientos de su cuerpo.
4.- MP logró condena para
4 hombres por muerte de 9 trabajadores en un accidente
Ante los medios de prueba presentados por el Ministerio Público
(MP), fueron condenados a siete años y tres años de prisión, cuatro hombres por
la muerte de 9 trabajadores en un accidente laboral, hecho ocurrido en el
sector El Cañote, en Aragua, el 18 de agosto de 2003.
En el
juicio oral y público, el fiscal nacional 78° y su auxiliar, Gustavo Li Chang y
Jairo Flores, respectivamente, solicitaron la condenatoria para Nassif Yussef,
Antonio Ferri, Roberto Ferri y Jean Carlos Ciavatta por la comisión del delito
de muerte de trabajador por accidente laboral, previsto y sancionado en el
articulo 33 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo, vigente para la época.
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el MP, el Tribunal 15°
de Juicio de Aragua dictó condena de siete años de prisión para Nassif Yussef y
Antonio Ferri por la comisión del delito antes mencionado, en grado de
coautores.
Mientras que para Roberto Ferri y Jean Carlos Ciavatta, el Tribunal dictó
condena de tres años por la comisión del mismo delito, pero en grado de
facilitadores.
En este sentido, los dos hombres sentenciados a siete años cumplen con una
medida de arresto domiciliario, pues ambos tienen más de 70 años de edad.
Asimismo, para los condenados a tres años, la referida instancia judicial
ordenó una medida cautelar de presentación periódica y prohibición de salida
del país.
El día antes citado, José Molina se encontraba laborando en una tolva, ubicada
dentro de la empresa Provegran, encargada del procesamiento de desechos
cárnicos, cuando un tobo que era utilizado para cumplir su labor cayó dentro
del depósito, al introducirse dentro de la tolva el trabajador falleció casi de
manera inmediata por la inhalación de ácido sulfhídrico.
Igualmente, ocho de sus compañeros que intentaron salvar a Molina, murieron de
manera repentina por la misma causa, debido a que la empresa no les facilitó un
programa de seguridad laboral y salud, para conocer los riesgos que ameritaba
sus funciones.
Vale destacar, que los nueve trabajadores fallecidos en el año 2003 son: Edgar
Guerra, Elvis Quintero, José Molina, Claudio Delgado, Ciro Hernández, José
Carrillo, Paul Delgado, Vianny Rivas y Luís Aquino.
5.- MP logró condena para gerente de seguridad
industrial por accidente en parque de diversiones Italo Americano
El
trabajador perdió su mano izquierda cuando laboraba como mecánico sin la debida
supervisión
Ante la contundencia de las
pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue condenado a dos años y un
mes de prisión el gerente de seguridad industrial del Parque Italo Americano,
José García, tras admitir haber sido responsable del accidente laboral que
sufrió el trabajador Marwin Navas (28).
El hecho ocurrió el 12 de febrero de 2011, en el mencionado
parque de atracciones, el cual está ubicado en el sector La Bandera de la
avenida Nueva Granada de Caracas, mientras realizaba labores de mantenimiento
en el área mecánica del lugar.
En la audiencia preliminar, los fiscales 78° nacional y
auxiliar, Gustavo Li Chang y José Antonio Zerpa, respectivamente, ratificaron
la acusación contra García por la comisión del delito de discapacidad total y
permanente para el trabajo habitual por accidente laboral.
El referido delito se encuentra previsto y sancionado en la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el
Ministerio Público y tras la admisión de hechos por parte de García, el
Tribunal 24° de Control del área metropolitana de Caracas dictó la referida
condena contra el hombre.
La mencionada instancia judicial acordó para el hoy condenado,
presentación periódica cada 15 días ante el referido Tribunal; así como la
prohibición de realizar labores inherentes al cargo que ocupaba.
El hecho ocurrió el día antes mencionado, cuando Navas se
encontraba trabajando como mecánico sin la debida supervisión del gerente de
seguridad industrial.
En su área de trabajo se produjo una magnetización de planchas
que al ser atraídas entre sí, dejó atrapada la mano izquierda de Navas,
provocándole la pérdida de su extremidad.
21/08/12
6.- Acordadas medidas de protección para
trabajadora del Circo Tihany
El Ministerio Público acordó medidas de protección y seguridad, a
favor de la artista rusa y domadora de animales, Shamssheeva Svetlana, por
presuntamente ser víctima de hostigamiento, violencia psicológica y acoso por
parte de los representantes del Circo Tihany.
Las
acciones legales están dispuestas en los artículos 39 y 40, de la Ley Orgánica
sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia.
En este sentido, la fiscal 128° del Área Metropolitana de Caracas (AMC) Mariela
Cabeza Vásquez, notificó a Ricardo Massone y a José García, representantes del
circo, sobre las medidas de protección en las que se les prohíbe
realizar actos capaces de afectar la estabilidad emocional y
laboral de Svetlana.
Igualmente, queda protegida la ciudadana rusa contra amenazas escritas o
verbales por parte de los precitados hombres o terceras personas.
Según el relato de la denunciante, quien fungía como domadora de animales
domésticos, luego de un percance con uno de los caninos, debió ausentarse
de las presentaciones por reposo médico. Posteriormente, y sin
razón alguna, fue despedida.
El circo Tihany funcionó por varios meses en el aeropuerto de La Carlota.
Actualmente se encuentra ofreciendo funciones en varios estados del país
08/04/10
Imputado representante del Circo Tihany por presunto acoso contra domadora de
animales domésticos
El MP imputó a Ricardo Massone, representante del Circo Tihany,
por la presunta comisión de los delitos de violencia psicológica, acoso u
hostigamiento, tipificados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia.
El MP imputó a Ricardo Massone, representante del Circo Tihany,
por la presunta comisión de los delitos de violencia psicológica, acoso u
hostigamiento, tipificados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia.
Las
fiscales 128° y 130° auxiliar del Área Metropolitana de Caracas, Mariela Cabeza
y Omaira García, respectivamente, estuvieron a cargo de la imputación y, en
consecuencia, dieron a conocer a Massone y a su representante legal el
contenido de las actuaciones realizadas en la fase investigativa.
Una vez imputado, Massone adquiere todos los derechos consagrados en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido en el
Código Orgánico Procesal Penal, que le permite solicitar y evacuar pruebas y
demás diligencias.
Respecto a los delitos por los cuales se imputó al representante del Circo
Tihany, todos están tipificados en los artículos 39 y 40 de dicha ley que
establece, para esos dos delitos, penas que oscilan entre los seis a 20 meses
de prisión.
Vale destacar que la investigación se inició una vez
que la ciudadana rusa, Shamssheeva Svetlana, quien
fungía como domadora de animales domésticos
en el espectáculo, denunció al representante del circo, por
presuntamente ser víctima de violencia psicológica, acoso y hostigamiento.
Posteriormente, el Ministerio Público acordó medidas de protección y
seguridad a favor de la denunciante, conforme con lo dispuesto en
la Ley Orgánica que rige los derechos de las mujeres.
En dichas medidas se le prohíbe a Massone realizar actos capaces de afectar la
estabilidad emocional y laboral de la artista, además de quedar protegida
contra amenazas escritas o verbales por él o terceras personas.
7.- MP acusó a tres
directivos de una empresa por muerte de trabajador en Aragua
El trabajador cayó en una máquina trituradora por presuntamente no
contar con los requerimientos mínimos de seguridad para ejercer su labor
El
Ministerio Público acusó a tres directivos de la empresa Mini Bruno Sucesores
C.A, ubicada en el sector San Cruz del estado Aragua, por su presunta
responsabilidad en la muerte del obrero Jonatan Gutiérrez, hecho ocurrido el 10
de enero de 2012.
Los fiscales 78º nacional y 22º de esa jurisdicción, Gustavo Li Chang y Siria
Lau, respectivamente, acusaron al presidente, vicepresidenta y jefa de
Seguridad Industrial de la citada empresa, Bruno Mini, María Mini y Gioconda
Pacheco , respectivamente, como coautores en el delito de muerte de trabajador
por violación grave a la normativa laboral, previsto y sancionado en el
artículo 131 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
La referida legislación señala que, “en caso de muerte de un trabajador o
trabajadora como consecuencia de violaciones graves o muy graves de la
normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo, el empleador o
empleadora o sus representantes, serán sancionados con pena de prisión de ocho
(8) a diez (10) años (..)”
En el escrito presentado ante la Unidad de Distribución de Expediente del
estado Aragua, los fiscales solicitaron la admisión de la acusación y el
enjuiciamiento de las tres personas, además de la prohibición de salida del país
de los directivos de la mencionada empresa.
De acuerdo con la investigación, el citado día, el trabajador de la referida
empresa cayó en una máquina trituradora, debido a que presuntamente no contaba
con los requerimientos mínimos de seguridad para ejercer su labor, situación
que le ocasionó la muerte.
Ante lo sucedido, el Ministerio Público inició la investigación, la cual derivó
en la imputación de las citadas personas.
30/05/2012
MV
8.- MP logró condena de 4 años para 2 personas por muerte de
trabajadora
Ante las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fueron
condenados a 4 años y 10 meses los directivos de Inversiones y Multiservicios
Yoal, Yolanda Garcés y Álvaro Barreto, tras admitir su responsabilidad en la
muerte de una empleada, ocurrida el 17 de febrero de 2010, en Caracas.
En la
audiencia preliminar, el fiscal 78° nacional, Gustavo Li Chang, ratificó la
acusación contra Garcés y Barreto, por los delitos de muerte del trabajador por
violación grave a la normativa y omisión de la notificación de la ocurrencia
del accidente de trabajo.
Los referidos delitos se encuentran previstos y sancionados en la Ley Orgánica
de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público,
la pareja admitió el hecho y, en consecuencia, el Tribunal 36° de Control del
AMC dictó la referida condena contra Garcés y Barreto, la cual cumplirán según
lo que determine una instancia de Ejecución.
De acuerdo con la investigación, la víctima, Kelly Tatiana Cañas Núñez,
trabajaba en la remodelación de un local comercial, ubicado en La Florida,
municipio Libertador, proyecto a cargo de la mencionada compañía.
En ese sentido, Cañas Núñez estaba sobre unas tablas de madera, construidas
para cumplir la función de un andamiaje, mientras colocaba unos ventanales con
láminas policarbonato, la mujer se resbaló y cayó de una altura aproximada de
ocho metros del suelo.
Según el protocolo de autopsia, la mujer murió instantáneamente tras recibir
una polifractura, producto del politraumatismo causado por la caída.
Luego de realizar experticias técnicas, se determinó que los patronos no
cumplían con las normas de salud y seguridad laboral requerida para que sus
trabajadores laboraran en ese proyecto de remodelación.
De la misma manera, se evidenció que la compañía no realizó la debida
notificación del siniestro en el lapso correspondiente.
Vale señalar, que la acusación contra Garcés y Barreto se realizó el 30 de
abril de 2011.
08/07/11
9.- Condenan a 4 años
de prisión a patrono por muerte de trabajador en Caracas
Ante la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio
Público, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión el directivo de la empresa
Ingeniería y Construcciones Ebelca C.A, Alejandro Bello, tras admitir su
responsabilidad en la muerte del trabajador Víctor Meza.
El
hecho ocurrió el 21 de julio de 2010 en la sede del Instituto Nacional de
Higiene de la Universidad Central de Venezuela, en Caracas, donde Meza
realizaba labores de reparación de tuberías cuando se cayó del piso 3, a
una altura de 8 metros.
El fiscal 78° nacional y sus auxiliares, Gustavo Li Chang, Jairo Flores y
Adrián López, respectivamente, ratificaron la acusación contra Bello por los
delitos de muerte de trabajador por violación grave a la normativa laboral y
omisión de la notificación de la ocurrencia del trabajo, previstos y
sancionados en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público,
Bello admitió su responsabilidad en el hecho y, por consiguiente, el Tribunal
39° de Control del Área Metropolitana de Caracas lo condenó. En consecuencia,
Meza deberá presentarse periódicamente ante dicho juzgado hasta que el Tribunal
de Ejecución decida de qué manera cumplirá la pena.
Es importante mencionar, que Bello no se encuentra privado de libertad, pues de
acuerdo con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, goza de la
medida de suspensión condicional de la ejecución de la pena, cuando la
sentencia no excede de cinco años.
El hecho ocurrió mientras la víctima reparaba unas tuberías en el piso 3 del
citado edificio, cuando se subió sobre un andamio que no poseía ninguna medida
de seguridad, razón por la cual se cayó.
Asimismo, el resultado arrojado por la autopsia indicó que murió por una
fractura craneal, pues Meza no tenía el equipo de seguridad requerido para
estas labores, tales como botas, guantes y cascos.
18/04/11